Los electores habilitados para votar en las elecciones generales del 17 de febrero de 2013 elegirán:
»Presidenta o Presidente y Vicepresidenta o Vicepresidente de la República.
»Cinco (5) representantes al Parlamento Andino.
»Ciento treinta y siete (137) representantes a la Asamblea Nacional, conformada de la siguiente forma:
a) Quince (15) Asambleístas Nacionales.
b) Dos (2) Asambleístas elegidos por cada provincia, y uno más por cada doscientos mil habitantes o fracción que supere los ciento cincuenta mil, de acuerdo al siguiente cuadro:

Los veinte (20) Asambleístas que se elegirán en la provincia del Guayas distribuidos equitativamente en cinco (5) por cada una de sus cuatro circunscripciones; los trece (13) Asambleístas por el Distrito Metropolitano de Quito distribuidos en cuatro (4) por la circunscripción Nº 1, cinco (5) por la circunscripción Nº 2, cuatro (4) por la circunscripción Nº 3, tres (3) Asambleístas por la provincia de Pichincha sumando dieciséis (16); y en la provincia de Manabí los nueve (9) Asambleístas distribuidos en cuatro (4) por la circunscripción Nº 1 y cinco (5) por la circunscripción Nº 2;
c) Seis (6) Asambleístas por la circunscripción especial del exterior, distribuidos: dos por Europa, Oceanía y Asia; dos por Canadá y Estados Unidos; y dos por Latinoamérica, El Caribe y África.



